Hace apenas unos días escribíamos este post sobre la nueva línea de ayudas destinadas al Plan Europeo Next Generation Eu orientadas a la reactivación económica y transformación energética. Y la noticia es que ya están aquí.
Recientemente se ha publicado el RD 477/2021, de 29 de junio por el que se ejecutan diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo fotovoltaico y al almacenamiento con fuentes de energía renovables.
¿Qué programas de incentivos se establecen?
- Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento
- Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable en otros sectores productivos de la economía con o sin almacenamiento
- Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existente en el sector servicios y sectores productivos
- Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento
- Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector
- Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.
¿Es aplicable a todas las CCAA?
Si, se aplicará en todo el territorio nacional.
¿Cuándo entran en vigor estos programas de incentivos y cuando podrán cursarse esta línea de ayudas?
Entrarán en vigor a partir del 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2.023 y las solicitudes de ayuda podrán cursarse a partir del momento en que se establezca por cada CCAA, por lo que estaremos muy atentos para ir informando de cuándo estarán disponibles en cada una de ellas en sus respectivas convocatorias.
¿A quién se dirige esta línea de ayudas?
Podrán acceder a la condición de destinatarias últimas de las ayudas, siempre que cumplan con lo establecido, las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, publicas o privadas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.
¿Cuál es la cuantía de las ayudas?
Las ayudas se establecen a fondo perdido y su cuantía vendrá determinada por la suma de la Ayuda Base y la Ayuda Adicional que se determinarán en cada convocatoria de cada CCAA.
El importe de la ayuda total estará limitado por el importe máximo que resulte de aplicación de la normativa europea de ayudas.
¿Quieres saber más?
Si quieres estar al tanto de las novedades que haya con relación a esta línea de ayudas destinadas al Plan Europeo Next Generation Eu, sigue de cerca nuestro blog o consúltanos a través de nuestro formulario de contacto donde uno de nuestros técnicos te informará con detalle de todo lo que precises.
Foto: CE