Si tu empresa se encuentra en la Región de Murcia ahora tienes la oportunidad para transformarla energéticamente. Ha llegado tu momento para el autoconsumo fotovoltaico industrial.
Gracias a la línea de Ayudas para el Fomento de la Eficiencia Energética, las empresas ubicadas en la Región de Murcia podrán transformar el uso de su energía en renovables. De este modo la producción de su energía será propia y sostenible.
¿En qué consiste exactamente la ayuda?
Se trata de una subvención destinadas al uso de las energías renovables para empresas. Están situadas dentro del ámbito del programa operativo FEDER 2014/2021, para aquellas empresas de la Región de Murcia en el ejercicio de 2021.
¿Ante quién gestionar su solicitud?
El organismo gestor de la ayuda es la Dirección General de Energía y Actividad Industrial y Minera- Consejería de Empleo, Universidades y Empresa y Medio Ambiente. Nuestro equipo legal te ayudará con todos los trámites.
¿Cuál es la cuantía de la Ayuda?
Dependerá del destino del proyecto:
- Para proyectos de sustitución por renovación de equipos e instalaciones consumidores de energía cuyo objetivo sea el ahorro energético y disminución de CO2:
La Inversión mínima será de 6.000 y la ayuda entre 20% y 70% según tamaño de la empresa y de la ratio económico-energético con límites establecidos en la convocatoria. Cuantía máxima 100.000€.
- Para proyectos que busquen promover la generación y el autoconsumo de energía final mediante instalaciones solares fotovoltaicas y aumentar la capacidad de producción de energía renovable y reducir las emisiones de C02:
El porcentaje máximo de ayuda del 25% (Gran empresa) 35% (Mediana empresa) o 45% (Pequeña empresa) y la cuantía máxima será de 70.000 euros.
¿Hasta cuándo puedo solicitarla?
Estás a tiempo, ya que el plazo disponible para presentar ayudas finaliza el 16/04/2021.
¿Qué tipo de empresas puede solicitarla?
Los beneficiarios serán empresas pertenecientes al sector industrial incluidas en las secciones B, C y D. También a las pertenecientes al sector terciario incluidas en las secciones del E al N y del P al S del Anexo del Real Decreto 475/2007, 13 abril, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE 2009).
¿Dónde y cómo se presentan las solicitudes?
La presentación de solicitudes se debe realizar de forma telemática a través del formulario especifico disponible en la sede electrónica de la CARM. Te dejamos el enlace directo.
¿Qué gastos son elegibles?
Los gastos que podrás elegir serán:
- Renovación de equipos e instalaciones: inversiones en equipos, calderas, hornos industriales, instalaciones frigoríficas, sistemas de producción de aire comprimido y vacío, instalaciones de iluminación, sistemas de climatización y agua caliente sanitaria, sistemas de ventilación, sistemas de bombeo de agua, grupos de presión, ascensores, montacargas, escaleras mecánicas, pasillos rodantes o similares, otros equipos de consumidores de energía.
- Generación y autoconsumo de energía final: adquisición de equipos e instalaciones de producción de energía eléctrica y/o térmica para autoconsumo, sistemas auxiliares necesarios para su funcionamiento, obra civil necesaria para la instalación de equipos y montaje y puesta en marcha.
Si quieres saber más o quieres que te ayudemos a valorar el alcance de tu instalación y gestionemos por ti la convocatoria disponible, consúltanos sin compromiso a través de nuestro formulario. En menos de 24h uno de nuestros técnicos te llamará y orientará en todo.