¡Es tu momento! Ahora podrás dar el paso definitivo y disfrutar de una instalación propia de autoconsumo eléctrico fotovoltaico.
Recientemente el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico ha publicado a través del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), una Línea de ayudas a la inversión en renovables con fondos FEDER.
Esto pretende impulsar el uso de las energías renovables tanto eléctricas como térmicas en el ámbito industrial y residencial.
¿Hasta cuándo puedo presentar mi solicitud? Hasta el 21/12/2020
¿Cuál es el plazo máximo de resolución? 6 meses
¿Qué es exactamente lo que se subvenciona? Las actuaciones subvencionadas son tanto eléctricas como térmicas y contemplan las siguientes:
- Eléctricas: proyectos fotovoltaicos de autoconsumo, eólicos, biomasa o gases renovables. Incluye la modificación de instalaciones de energía eléctricas con fuentes renovables.
- Térmicas: proyectos de geotermia, energía solar térmica.
¿Quién puede ser beneficiario de la ayuda? Estas ayudas se destinan a personas físicas y jurídicas. Pero también a comunidad de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y empresas de servicios energéticos.
¿Cómo se financia la convocatoria? Está co-financiada con Fondos FEDER.
La ayuda se contempla en base a concurrencia competitiva, es decir, en base al importe, al orden de presentación, a la documentación aportada y a los requisitos administrativos y técnicos.
No se puede solicitar para proyectos anteriores a su publicación. En el caso de la Comunidad Valenciana se tramita ante el IDAE y este podrá conceder anticipo siempre que se aporte una garantía.
Dicho anticipo no podrá ser superior al 80% del importe de la ayuda concedida (considerándose como pago a cuenta).
¿Cuál es su plazo de ejecución y justificación?
La instalación deberá encontrarse plenamente finalizada en junio de 2023 y deberá contar con la autorización de la explotación.
Finalmente, habrá que justificar que se ha llevado a cabo el proyecto en el plazo máximo de 3 meses desde su finalización y se aportará justificación documental mediante:
- La aportación de una memoria técnica justificativa.
- La autorización de la explotación de la instalación.
- El permiso del beneficiario al órgano instructor para el acceso de los datos de producción de energía eléctrica (durante 5 años). Relación certificada de los pedidos y contratos (si es un proyecto llave en mano, con el contrato entre el beneficiario y el subcontratista).
- Relación certificada de las facturas y justificantes, número de cuenta donde se han hecho los pagos, cumplimiento obligaciones tributarias etc.
Si deseas conocer con mayor amplitud la ayuda y el alcance que tiene en tu Comunidad, visítanos o contacta con nosotros en info@generacionconsciente.es.
Nuestro equipo técnico y legal propio te asesorará para resolver tus dudas, y si finalmente te decides, nosotros nos ocupamos de todos los trámites.